Glosario
Glosario de administración de consorcios
Los términos de la cobranza de expensas y la administración de consorcios en Argentina, explicados claro.
- Expensas
- Son los gastos comunes de un edificio en propiedad horizontal (sueldos, servicios, mantenimiento, seguros) que se reparten entre los propietarios según el reglamento. Cada unidad paga su parte de forma periódica, normalmente mensual.
- Expensas extraordinarias
- Gastos que no forman parte de la operación habitual del consorcio y se cobran aparte de las expensas ordinarias, como una obra, una reparación importante o la reposición de un equipo. Suelen requerir aprobación de la asamblea de propietarios.
- Morosidad
- Situación en la que uno o más propietarios no pagan sus expensas en término. La morosidad reduce la caja del consorcio y termina recayendo sobre los propietarios que sí pagan, que deben cubrir el faltante. Ver más →
- Mora
- El estado de retraso en el pago de una obligación a partir de su vencimiento. En las expensas, la mora suele generar intereses según lo que prevea el reglamento del consorcio.
- Intimación
- Reclamo formal que exige el pago de una deuda dentro de un plazo, dejando constancia del envío y la recepción. En la cobranza de expensas es el paso previo a la vía judicial y suele hacerse por carta documento. Ver más →
- Convenio de pago
- Acuerdo escrito entre el consorcio y un propietario deudor para cancelar la deuda de expensas en cuotas, con monto, vencimientos e intereses definidos. Documentado, ordena el cobro y deja constancia del reconocimiento de la deuda. Ver más →
- Certificado de deuda
- Documento que emite el administrador detallando la deuda de expensas de una unidad. Es la base del reclamo de cobro: a este título la ley le reconoce fuerza ejecutiva, lo que habilita un proceso judicial más ágil.
- Vía ejecutiva
- Proceso judicial más rápido que un juicio ordinario, disponible cuando la deuda surge de un título al que la ley le reconoce fuerza ejecutiva. El cobro de expensas suele tramitarse por esta vía a partir del certificado de deuda.
- Propiedad horizontal
- Régimen legal que organiza los edificios divididos en unidades de propiedad exclusiva (departamentos, cocheras) y partes comunes. En Argentina está regulado por el Código Civil y Comercial, que reemplazó a la antigua Ley 13.512.
- Consorcio de propietarios
- El conjunto de propietarios de un edificio en propiedad horizontal, organizado para administrar las partes comunes y afrontar los gastos del inmueble. El consorcio es quien, a través de su administración, reclama las expensas impagas.
- Administrador de consorcios
- La persona o empresa que representa y gestiona el consorcio: administra los fondos, contrata servicios, liquida y cobra las expensas, y ejecuta las decisiones de la asamblea. Es el representante legal del consorcio frente a terceros.
- Unidad funcional
- Cada una de las partes de propiedad exclusiva en que se divide un edificio en propiedad horizontal (por ejemplo, un departamento o una cochera), identificada con un número. A cada unidad funcional le corresponde una proporción de las expensas.
- Liquidación de expensas
- El detalle periódico de los gastos del consorcio y de cómo se reparten entre las unidades, que la administración entrega a los propietarios. Es la base que determina cuánto debe pagar cada unidad en el período.